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¿Cuáles son las Convenciones de la UNESCO para la cultura?

Las Convenciones son Acuerdos e instrumentos de carácter normativo, y que pueden ser aprobados por la Conferencia General o por conferencias intergubernamentales que son convocadas por la UNESCO, sola o en conjunto con otras organizaciones internacionales. De acuerdo con la misma UNESCO sus Convenciones culturales “constituyen un sistema de gobernanza cultural, que opera en plena conformidad con los instrumentos internacionales de derechos humanos y respetando íntegramente la diversidad cultural. A pesar de haber sido aprobadas a nivel internacional, en la práctica, la implementación de las Convenciones se realiza a través de una cooperación estrecha entre las comunidades locales y los gobiernos nacionales para garantizar que esta sea inclusiva y responda a los diferentes contextos culturales”

Esa normatividad está sustentada en siete convenciones, las cuales son:

1. La Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales 2005. 

Se le conoce también como Convención para la Diversidad Cultural, es un convenio  de carácter vinculante que fue adoptado por la 33° Conferencia General de la UNESCO celebrada en parís entre los días 3 y 21 de octubre del año 2005. En esa Convención reconoce el derecho soberano de los estados miembros  a “adoptar medidas y políticas para proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales en sus respectivos territorios” e imponer obligaciones tanto a nivel nacional e internacional para cada una de las partes. 

2. La Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial 2003.

 

Fue adoptada La Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, denominada en adelante (UNESCO), en su 32ª reunión, celebrada en París del 29 de septiembre al 17 de octubre de 2003, es una de las siete convenciones de la UNESCO para el ámbito de la cultura y fue con cuatro propósitos específicos fundamentales:

  • Salvaguardar el patrimonio cultural inmaterial.

  • Garantizar el respeto del patrimonio cultural inmaterial de las comunidades, grupos e individuos interesados.

  • Sensibilizar a la importancia del patrimonio cultural inmaterial en el plano local, nacional e internacional y de su conocimiento recíproco.

  • Establecer una cooperación y proporcionar asistencia a nivel internacional.

3. La Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático 2001. 

 

Fue adoptada por  La Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), en su 31ª reunión, celebrada en París del 15 de octubre al 3 de noviembre de 2001, es una de las siete convenciones de la UNESCO para el ámbito de la cultura y fue creada con el fin de garantizar la protección “del patrimonio cultural subacuático como parte integrante del patrimonio cultural de la humanidad y elemento de particular importancia en la historia de los pueblos, las naciones y sus relaciones mutuas en lo concerniente a su patrimonio común.

4. La Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural 1972.

La Organización de la Naciones Unidas para la Educación, Ciencia y Cultural (UNESCO) crea un Comité intergubernamental de protección del patrimonio cultural y natural y el Fondo para protección del patrimonio mundial cultural y natural, con el fin de que los Estados partes se comprometan a promover identificar, proteger y preservar y transmitir a las generaciones futuras el patrimonio mundial, cultural y natural considerado como especialmente valioso para la humanidad y que “están cada vez más amenazados de destrucción, no sólo por las causas tradicionales de deterioro sino también por la evolución de la vida social y económica que las agrava con fenómenos de alteración o de destrucción”

Dicha Convención fue adoptada en La Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura 8UNESCO), en su 17a reunión celebrada en París del 17 de octubre al 21 de noviembre de 1972.

5. La Convención sobre las Medidas que Deben Adoptarse para Prohibir e Impedir la Importación, la Exportación y la Transferencia de Propiedad Ilícitas de Bienes Culturales 1970.

Fue adoptada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, en su 16a reunión, celebrada en París, del 12 de octubre al 14 de noviembre de 1970, con el fin de que los  Estados partes asuman “el deber de proteger el patrimonio constituido por los bienes culturales existentes en su territorio contra los peligros de robo, excavación clandestina y exportación ilícita”; considerando “como bienes culturales los objetos que, por razones religiosas o profanas, hayan sido expresamente designados por cada Estado como de importancia para la arqueología, la prehistoria, la historia, la literatura, el arte o la ciencia”.

6. La Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado y Reglamento para la aplicación de la Convención 1954

Debido a los daños y pérdida irreparable ocasionados por las atrocidades de la Segunda Guerra Mundial, la UNESCO adoptó la Convención de La Haya el 14 de mayo 1954, en donde se establecieron normas para proteger  y preservarlos bienes culturales en caso de presentarse un conflicto armado. Esta Convención se convierte en el primer convenio internacional enfocado a la protección y preservación del patrimonio cultural durante el desarrollo de una guerra; y para ello se crea el Comité Internacional del Escudo Azul (ICBS).

7. Convención Universal sobre Derecho de Autor 1952, 1971

Fue adoptada en 1952 por la UNESCO con el fin de extender de manera universal la protección internacional de los derechos de autor, asegurar el respeto de los derechos de la personalidad humana y a favorecer el desarrollo de las letras, las ciencias y las artes Esta Convención fue sometida a revisión en 1971. Y desde su entrada en vigencia esta última, sólo se puede adherir a la Convención según lo dispuesto en 1971.

El Comité Intergubernamental de Derecho de Autor, creado de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 de la Convención, se encuentra conformado por los representantes de 18 Estados contratantes y se reúne en sesión ordinaria cada 4 años.

Convención Universal sobre Derecho de Autor, revisada en París 1971:

http://portal.unesco.org/es/ev.php-URL_ID=15241&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html

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